¿Qué es el Comité Paritario en mi Colegio?
El CPHS (Comité Paritario de Higiene y Seguridad), es una unidad técnica de trabajo conjunto entre el Colegio o institución y los integrantes de la comunidad educativa, se encargan de detectar, evaluar y buscar soluciones a riesgos de accidentes y/o enfermedades que se pueda sufrir en el establecimiento.
¿Cuál es la función del CPHS según el nuevo DS 44 del 01/02/2025?
Dentro del Decreto N°44 se considera que los Comités Paritarios son uno de los más importantes instrumentos para la gestión preventiva, lo cual se ha estimado conveniente incorporar, con adecuaciones y perfeccionamientos, las normas sobre constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Según el artículo 47 del D.S. Nº 54, de 01.02.2025, del M. del Trabajo y Previsión Social, que Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad; dice:
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Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección, vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
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Investigar, con resguardo a la información de carácter sensible o confidencial, las causas de los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, incidentes peligrosos, y cualquiera otra afección que afecte en forma reiterada o general a los trabajadores y sea presumible que tenga su origen en la utilización de productos fitosanitarios, químicos o nocivos para la salud.
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Decidir si el accidente del trabajo o la enfermedad profesional cuyas causas hubiere investigado previamente, se debió a negligencia inexcusable de la persona trabajadora en los términos del artículo 70 de la ley N° 16.744.
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Indicar la adopción de todas las medidas de seguridad y salud que sirvan para la prevención de los riesgos laborales
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Promover la realización de cursos destinados a la capacitación profesional de las personas trabajadoras en proveedores públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma entidad empleadora, faena, sucursal o agencia bajo el control y dirección de tales proveedores.
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Informar a la entidad empleadora, cuando detectare que en el lugar de trabajo hubiese sobrevenido un riesgo grave e inminente para la vida o salud de las personas trabajadoras, a fin de que esta adopte las medidas a que haya lugar, de acuerdo con el artículo 184 bis del Código del Trabajo y, en su caso, informar adecuadamente a las personas trabajadoras del ejercicio de los derechos que dicha norma les confiere.
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Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
Integrantes del Comité Paritario
El Comité Paritario está conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, quienes trabajan en conjunto para asegurar un ambiente seguro y saludable para toda la comunidad educativa.